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SECRETARIA DE SALUD
ACUERDO que establece los Lineamientos para la adquisición de medicamentos asociados al Catálogo Universal
de Servicios de Salud por las entidades federativas con recursos del Sistema de Protección Social en Salud.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, fracción II bis, 13, apartado A, fracción VII bis, 77 bis 1, 77 bis 5, apartado A, fracción XIV, y apartado B, fracción I, de la Ley General de Salud; 19 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud; 6 y 7, fracción XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; y 39, fracción VIII, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, y CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, por lo que con fecha 15 de mayo de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma y adición a la Ley General de Salud que permitió crear el Sistema de Protección Social en Salud como un mecanismo por el cual el Estado garantiza el acceso efectivo, oportuno, de calidad, sin desembolso al momento de utilización y sin discriminación a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud, mediante la combinación de intervenciones de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y de rehabilitación, seleccionadas en forma prioritaria según criterios de seguridad, eficacia, costo, efectividad, adherencia a normas éticas profesionales y aceptabilidad social. Que con fecha 5 de abril de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, el cual tiene por objeto regular el Sistema de Protección Social en Salud que se establece en el Título Tercero Bis de la Ley General de Salud y que, en materia de medicamentos, establece que la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, promoverá una política en la materia tendiente a reducir los costos de adquisición, favorecer sistemas eficientes de abasto y reposición de medicamentos, y el uso racional de los mismos en la prescripción y consumo en los establecimientos para la atención médica del Sistema. Que de conformidad con la Estrategia 5.1 del Eje 3. Igualdad de oportunidades del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, se propone contar con un abasto oportuno y eficiente de medicamentos a través de la implementación de una política integral que busque: fortalecer la cadena de abasto de medicamentos; garantizar la oferta oportuna y promover la participación del mercado de medicamentos genéricos; evitar precios excesivos de medicamentos bajo patente, y optimizar el gasto en medicamentos en las instituciones públicas de salud, entre otros aspectos. Que la Estrategia 3 del Programa Sectorial de Salud 2007-2012, en su numeral 3.6, menciona que se diseñará e instrumentará una Política Nacional de Medicamentos que promueva el desarrollo de modelos para el suministro eficiente y oportuno de medicamentos e insumos para la salud. Que de acuerdo con el artículo 4, fracción XII, del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, corresponde a la Secretaría de Salud, por conducto de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, promover en coordinación con los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud, con la participación de las unidades administrativas competentes de la propia Secretaría, una política en materia de medicamentos para asegurar su eficiente abasto, distribución, entrega al beneficiario y uso racional, respecto de aquellos medicamentos asociados al Catálogo Universal de Servicios en Salud. Que de acuerdo al contenido del Anexo I de los Acuerdos de Coordinación celebrados por la Secretaría de Salud y las entidades federativas para la ejecución de las acciones del Sistema de Protección Social en Salud, la compra de medicamentos con recursos del Sistema debe limitarse a las claves señaladas en dicho Anexo I. En el caso de la compra de medicamentos genéricos intercambiables, éstos deben cumplir con las obligaciones en materia de registro sanitario establecidas en los artículos 376 y 376 bis, fracción I, de la Ley General de Salud, así como estar comprendidos dentro del Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables a que se refiere el Capítulo VII del Título Segundo del Reglamento de Insumos para la Salud. Que de conformidad al Acuerdo por el que se crea la Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios de Medicamentos y otros Insumos para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 2008, los gobiernos de las entidades federativas y municipios que participen en el financiamiento y adquisición de medicamentos y otros insumos para la salud, como parte de la prestación de servicios de salud, podrán beneficiarse de los resultados de la negociación derivada de la aplicación de este instrumento, siempre y cuando así se hubiera acordado por la Comisión con el titular de la patente o el licenciatario exclusivo. Que el artículo 39, fracción VIII, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009 dispone que el ejercicio de los recursos federales que se transfieran a las entidades federativas por concepto de cuota social y aportación solidaria federal para la adquisición de medicamentos asociados al Catálogo Universal de Servicios de Salud, deberá sujetarse a los precios de referencia que determine la Secretaría de Salud, los cuales deberán estar orientados a reducir los costos unitarios de adquisición. Que para alcanzar una mayor eficiencia en el ejercicio de los recursos federales transferidos por concepto de cuota social y aportación solidaria federal para la compra de medicamentos a las entidades federativas, tengo a bien expedir el siguiente: ACUERDO QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS PARA LA ADQUISICION DE MEDICAMENTOS
ASOCIADOS AL CATALOGO UNIVERSAL DE SERVICIOS DE SALUD POR LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS CON RECURSOS DEL SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL EN SALUD
PRIMERO.- Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer los criterios que deben seguir las
entidades federativas para el ejercicio de los recursos federales que se les transfieren por concepto de cuota social y aportación solidaria federal para la adquisición de medicamentos asociados al Catálogo Universal de Servicios de Salud. Dichos criterios están orientados a reducir los costos en la compra de medicamentos y, consecuentemente, a promover el aseguramiento de su abasto eficiente, distribución, entrega al beneficiario del Sistema de Protección Social en Salud y uso racional de los mismos. SEGUNDO.- Para los efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por:
CAUSES: Catálogo Universal de Servicios de Salud; Comisión: Comisión Nacional de Protección Social en Salud; Comisión Coordinadora de Medicamentos: Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios de Medicamentos y otros insumos para la Salud; Entidades federativas: Las partes integrantes de la Federación señaladas en el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es decir, los Estados de la Federación y el Distrito Federal. Lineamientos: Lineamientos para la adquisición de medicamentos asociados al Catálogo Universal de Servicios de Salud por las entidades federativas, con recursos del Sistema de Protección Social en Salud. Precio de Referencia: Precio unitario de cada una de las claves asociadas al Catálogo Universal de Servicios de Salud (CAUSES), determinado por la Secretaría de Salud con base en los presentes Lineamientos; Precio Unitario: Se refiere al costo unitario del medicamento en correspondencia con la presentación definida en el CAUSES, pudiendo incluir el costo de distribución o entrega a uno o varios almacenes concentradores. No incluye conceptos como administración, almacenamiento, seguros, supervisión, manejo de inventario, entrega personalizada, distribución a farmacias, centros de salud o a cualquier otro punto de entrega directa al afiliado, entre otros. Sistema: Sistema de Protección Social en Salud. TERCERO.- Los Precios de Referencia que deberán observar las entidades federativas para adquirir los
medicamentos asociados al CAUSES, ya sea por licitación pública, adjudicación directa o en cualquier otra modalidad, en términos de las disposiciones aplicables en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, se encuentran contenidos en el Anexo 1 de los presentes Lineamientos. En su caso, y cuando proceda, se considerarán aquellos precios actualizados por la Secretaría de Salud, con base en los precios mínimos pagados por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, mismos que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación. CUARTO.- Las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las
acciones conducentes para adquirir los medicamentos asociados al CAUSES a precios unitarios que no excedan en un veinte por ciento a los contenidos en el Anexo 1 de los presentes Lineamientos. Sólo en los casos de emergencias epidemiológicas, declarados por el Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades (CENAVECE), las entidades federativas podrán adquirir medicamentos asociados al CAUSES a un precio unitario mayor al 20% de los precios de referencia. Las entidades federativas deberán documentar debidamente esos casos y reportarlos por escrito a la Comisión en un plazo no mayor a 45 días hábiles después de realizada la adquisición de que se trate. QUINTO.- Cuando aquellas entidades federativas adquieran medicamentos bajo algún esquema total o
parcial de terciarización que, entre otros conceptos, incluya costos de administración, almacenamiento, seguros, supervisión, manejo de inventario, entrega personalizada, distribución a farmacias, centros de salud o a cualquier otro punto de entrega directa al afiliado, éstas deberán sujetarse a lo establecido en los lineamientos Tercero y Cuarto. Para ello, deberán diferenciar el precio unitario de cada una de las claves adquiridas, de cualquier costo adicional, siendo el precio unitario el que deba regirse por lo establecido en los presentes Lineamientos. SEXTO.- La adquisición de los medicamentos contenidos en el CAUSES que realicen las entidades
federativas se ajustará a los procedimientos establecidos en la normatividad estatal y, en su caso, federal aplicable, de conformidad con lo previsto en el artículo 77 bis 16 de la Ley. SEPTIMO.- Para el caso de la adquisición de medicamentos que cuenten con patente vigente y que sólo
puedan ser adquiridos a través de las personas que detenten la titularidad y/o exclusividad de la patente, las entidades federativas podrán adherirse a los precios de adquisición negociados por la Comisión Coordinadora de Medicamentos, conforme a la normatividad aplicable. Para efectos del párrafo anterior, las entidades federativas deberán solicitar por escrito a la Secretaría de Salud su correspondiente adhesión, conjuntamente con la lista de los medicamentos con patente vigente y el volumen anual estimado de compra que corresponda. Cuando se trate de medicamentos con patente vigente no incluidos en el universo de la Comisión Coordinadora de Medicamentos, los precios de referencia serán aquellos incluidos en el Anexo 1 de los presentes Lineamientos. OCTAVO.- Para el caso de la adquisición de medicamentos genéricos intercambiables, se deberá
observar lo dispuesto en el Acuerdo por el que se establece que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, deberán comprar medicamentos genéricos intercambiables, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2002. NOVENO.- Las entidades federativas proporcionarán a la Secretaría de Salud, por conducto de la
Comisión, la información relativa al nombre del proveedor, el procedimiento de contratación que se hubiere llevado a cabo y el precio unitario de las claves de los medicamentos contenidos en el CAUSES. Lo anterior, con el objeto de transparentar su gestión en el manejo de los recursos federales transferidos para la adquisición de medicamentos, de conformidad con las normas aplicables en materia de acceso y transparencia a la información pública gubernamental. La información que las entidades federativas proporcionen, en términos del párrafo anterior, se deberá publicar en la página de Internet del Servicio Estatal de Salud de cada entidad federativa y en el de la Comisión, de conformidad con el artículo 39 fracción VII del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009. DECIMO.- En el caso de que las autoridades fiscalizadoras competentes de las entidades federativas, el
órgano de fiscalización de un Congreso Local o de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal que, en el ejercicio de sus atribuciones de control y supervisión, conocieren que los recursos federales destinados a la adquisición de medicamentos asociados al CAUSES no han sido destinados a dichos fines de acuerdo a las disposiciones federales y estatales aplicables, incluyendo lo dispuesto en estos lineamientos, deberán hacerlo del conocimiento inmediato de la Secretaría de la Función Pública y de la Auditoría Superior de la Federación, respectivamente. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 77 bis 32 de la Ley y sin perjuicio de la aplicación de lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en la materia. DECIMO PRIMERO.- Las responsabilidades administrativa, patrimonial, civil o penal que deriven de
afectaciones a la Hacienda Pública Federal, a las aportaciones estatales y cuotas familiares en que, en su caso, incurran las autoridades locales exclusivamente por motivo de la desviación de los recursos para fines distintos a los previstos en la Ley y los presentes Lineamientos, serán sancionadas en los términos de la legislación federal, por las autoridades federales, en tanto que en los demás casos dichas responsabilidades serán sancionadas y aplicadas por las autoridades locales con base en sus propias leyes. TRANSITORIO
UNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
Dado en la Ciudad de México, el día veintitrés del mes de diciembre de dos mil ocho.- El Secretario de Salud, José Angel Córdova Villalobos.- Rúbrica.
PRECIOS DE REFERENCIA para la adquisición de medicamentos asociados al CAUSES por las entidades federativas con recursos del Sistema de Protección Social en Salud. PRECIO DE
MEDICAMENTO
REFERENCIA
Aciclovir, Solución inyectable 250 mg 5 frascos ámpula Aciclovir, Ungüento oftálmico 3g/100g , envase con 4.5 g Ácido acetilsalicílico, 20 tabletas 500 mg Ácido acetilsalicílico, Tableta efervescente 300 mg Ácido fólico, Tabletas 0.4, 90 tabletas Acido retinoico, Crema Envase c/20 gr.
Alantoina y alquitrán de hulla, Suspensión dérmica, 20mg/ml y 9.4 mg/ ml, envase con 120 ml Albendazol, Suspensión 400 mg/20 ml, envase con 20 ml Alibour, Polvo, sulfato de cobre 177mg/ g, sulfato de zinc 619.5 mg/g, alcanfor 26.5 mg, 12 Alopurinol, Envase con 20 tabletas de 300 mg Aluminio y magnesio, 50 Tabletas masticables Al 200mg, Mg 200mg ó 447.3 mg Aluminio y magnesio, Suspensión oral Al 185, Mg 200mg ó 447.3 240mg envase con 240 ml Amikacina, Solución inyectable 500 mg/ 2ml , un frasco ámpula y diluyente con 2 ml Amikacina, Solución inyectable 100 mg/ 2ml un frasco ámpula o ampolleta Aminofilina, Solución inyectable ampolleta de 10 ml con 250 mg Amitriptilina ( Psicotrópicos Lista III), 20 tabletas de 25 mg Amoxicilina, Suspensión oral 500mg/ 5ml , frasco 75 ml Amoxicilina/ ácido clavulánico, 12 tabletas 500 mg/ 125 mg Amoxicilina/ ácido clavulánico, Susp. oral 125 mg/ 5 ml, envase con 60 ml Ampicilina, Solución inyectable 500 mg, ámpula con diluyente 2ml Atropina , Solución inyectable 1mg/ml , 50 ampolletas de 1 ml Atropina, Solución oftálmica 10 mg/ml. Envase con gotero integral con 15 ml Beclometasona dipropionato de, Aerosol 0.0587 g/100 g, inhalador con 200 dosis de 50 µg Beclometasona dipropionato de, Suspensión en aerosol , 0.294g/ 100g, inhalador 200 dosis de Bencilo, Emulsión dérmica 300 mg/ ml, envase con 120 ml Bencilpenicilina procaínica, Suspensión inyectable 2,400,000 UI, 1 frasco ámpula Bencilpenicilina procaínica/ bencilpenicilina cristalina, Suspensión inyectable 300 000/ 100 000 UI un frasco ámpula y diluyente con 2 mlBencilpenicilina procaínica/bencilpenicilina cristalina, Suspensión inyectable 600,000 UI/200,000 UI, un frasco ámpula y diluyente con 2 mlBencilpenicilina sódica cristalina, Solución inyectable 1,000,000 UI un frasco ámpula con o sin Bencilpenicilina sódica cristalina, Solución inyectable de 5 000 000, 1 frasco ámpula Benzatina bencilpenicilina, Suspensión inyectable 1,200,000 UI. Un frasco ámpula y diluyente Benzoilo, Loción o gel dérmico , 5 g/ 100 ml o 5 g/ 100g, envase con 30ml, 50 ml ó 60 g Besilato de cisatracurio, Solución inyectable 10mg/ 5ml, envase con 1 ampolleta de 5ml Betametasona , Ungüento, 50mg/100g, envase 30g PRECIO DE
MEDICAMENTO
REFERENCIA
Betametasona, Solución inyectable 4 mg/ml 1 ml , 1 ampolleta o frasco ámpula de 1 ml Bicarbonato de sodio , Sol. Inyectable. Envase con 50 ampol etas de 10 ml Bicarbonato de sodio , Solución inyectable al 7.5% 3.75 g/ 50 ml Envase con 50 ml Biperideno ( Psicotrópicos Lista III), 50 tabletas de 2 mg Bismuto, subsalicilato de, Suspensión oral 1,750 g/100 ml, envase con 240 ml Bitartrato, Envase con 120 ml (1 mg/5 ml) y cucharita dosificadora Bupivacaína hiperbárica, Solución inyectable, bupivacaína 15 mg, dextrosa 240 mg envase 5 Bupivacaína, Solución inyectable 5mg/ ml, envase con un frasco ámpula con 30 ml Butilhioscina, Solución inyectable 20 mg/ml, 3 ámpulas 1 ml Calcio, 12 comprimidos efervescentes 500 mg Calcitriol (1 alfa 25 dihidroxicolicolecalciferol), 50 cápsulas de gelatina blanda de 0.25 µg Carbamazepina, Suspensión oral 100 mg/5 ml, envase con 120 ml y vaso dosificador adosado al Cefalexina, 20 cápsulas o tabletas de 500 mg Cefotaxima, Solución inyectable 1 gr. Envase con un frasco ámpula y 4 ml de diluyente Ceftriaxona, Solución inyectable 1 g, 1 ámpula y diluyente de 10 ml Ciprofloxacino, 8 tabletas o cápsulas 250 mg Clindamicina, Solución inyectable 300 mg/2 ml , una ampolleta con 2 ml Clonazepam (Psicotrópicos Lista III), Solución 2.5 mg/ ml envase con 10 ml y gotero integral Clonazepam (Psicotrópicos Lista III), Solución inyectable 5 mg/ ml, 5 ampolletas de 1 ml Clonazepam (Psicotrópicos Lista III), Tabletas de 2 mg Envase con 30 tabletas Clopidogrel , Gragea 75 mg, envase con 28 Cloranfenicol, Solución oftalmica, 5mg/ml Clorfenamina (Clorfeniramina), 20 tabletas de 4 mg Clorfenamina (Clorfeniramina), 5 ampolletas 10 mg Clorfenamina (Clorfeniramina), Jarabe 0.5 mg/ ml, envase de 60 ml Cloruro de potasio, Solución inyectable 1.49 g/10 ml 50 ampol etas con 10 ml Cloruro de sodio, Solución inyectable al 0.9% 0.9g/100 ml Clozapina ( Psicotrópicos Lista III), 30 ó 50 Tabletas 100 mg Complejo B, 30 tabletas o cápsulas , tiamina 100 mg, piridoxina 5 mg, cianocobalamina 5 µg Cromoglicato de sodio, Suspensión aerosol 3.6 g/ 100 g, envase con 16 g para 112 inhalaciones Danazol, 50 cápsulas o comprimidos de 100 mg Desogestrel y etinilestradiol, 28 tabletas (21 con hormonales y 7 sin hormonales) 0.15 mg/0.03 Dexametasona, Solución inyectable 8mg/ 2ml, un ámpula 2 ml Diazepam (Psicotrópicos Lista I ) , 20 tabletas 10 mg Diazepam (Psicotrópicos Lista II) , Solución inyectable 10mg/ 2ml, 50 ampolletas con 2 ml Diclofenaco, Solución inyectable 75 mg/3 ml, 2 ampolletas con 3 ml Diclofenaco, 20 cápsulas o grageas 100 mg PRECIO DE
MEDICAMENTO
REFERENCIA
Dicloxacilina, 20 cápsulas o comprimidos 500 mg Dicloxacilina, Solución inyectable 250 mg, un frasco ámpula y diluyente con 5 ml Dicloxacilina, Suspensión oral 250 mg/ml envase con 60 ml Difenidol, Solución inyectable 40 mg/2 ml, 2 ámpulas 2 ml Digoxina, Solución inyectable 0.5 mg/ ml , 6 ampolletas de 2ml Dispositivo intrauterino con levonorgestrel, polvo micronizado 52 mg. Dobutamina, Solución inyectable 250mg/ 5ml, 5 ampolletas de 5ml, Dopamina, Solución inyectable 200mg/5ml, 5 ampolletas de 5ml, Doxiciclina, 10 cápsulas o tabletas 100 mg Electrolitos orales, Polvo para solución 27.9 g (Glucosa 20 g/KCl 1.5 g NaCl 3.5 g, citrato Enalapril, lisinopril o ramipril, 30 tabletas 10 mg Epinefrina (Adrenalina), Solución inyectable 1 mg ( 1: 1000 ) 50 ampolletas de 1 ml Ergometrina ( ergonovina), Solución inyectable 0.2 mg/ ml 50 ámpulas con 1 ml Eritromicina, 20 cápsulas o tabletas de 500 mg Eritromicina, Suspensión 250mg/ 5 ml, envase con 100 ml Estreptomicina, Solución inyectable de 1g, un frasco ámpula y agua inyectable 2 ml Faboterápico polivalente antialacrán, Envase con un frasco ámpula con liofilizado y ampolleta con diluyente de 5 mlFaboterápico polivalente antiarácnido, Envase con un frasco ámpula con liofilizado y ampolleta con diluyente de 5 mlFaboterápico polivalente antiviperino, Envase con un frasco ámpula con liofilizado y ampolleta con diluyente de 10 mlFenitoína (Difenilhidantoína), Suspensión oral 37.5 mg/5 ml , envase con 120 ml y vaso Fenitoina sódica, Solución inyectable 250 mg/ 5ml ,una ampolleta de 5 ml Fenobarbital (Psicotrópicos Lista II), 20 tabletas 100 mg Fenobarbital (Psicotrópicos Lista II), Elixir 20 mg/20 mg, Envase con 60 ml Fentanilo (Estupefaciente Lista I) , Solución inyectable 0.5mg/10ml, envase con 6 ampolletas o Fitomenadiona, Solución o emulsión inyectabel de 2 mg, 5 ampol etas de 0.2 ml Flumazenil ( Psicotrópicos Lista II), Solución inyectable 0.5 mg/ 5ml 1 ampolleta de 5ml Fluoxetina, 14 tabletas o cápsulas de 20 mg Gluconato de calcio, Sol. Inyectable al 10% 1 gr/ 10 ml Haloperidol ( Psicotrópicos Lista III), 20 tabletas de 5mg Haloperidol ( Psicotrópicos Lista III), Solución inyectable 5mg/ml , 1 ó 5 ampolletas de1 ml Heparina, Solución inyectable 10 000 UI/ 10 ml (1000 UI/ ml), 50 frascos ámpulas de 10 ml Heparina, Solución inyectable 25 000 UI/ 5 ml (5000 UI/ ml) Hidralazina, Solución inyectable de 20 mg, 5 ampol etas con 1 ml Hidrocortisona, Crema 1mg/ g , envase 15 g Hidrocortisona, Solución inyectable 100 mg/ 2ml, 50 frascos ámpula y 50 ampol etas con 2 ml Hidroxocobalamina, Solución inyectable 100µg/2ml, 3 ampol etas con 2 ml Imipenem + cilastatina, Solución inyectable 250 mg / 250 mg 1 ámpula PRECIO DE
MEDICAMENTO
REFERENCIA
Imipenem + cilastatina, Solución inyectable 500mg/ 500mg 1 ámpula Indometacina, 6 ó 15 supositorios 100 mg Inmunoglobina Anti D, Solución inyectable 0.300 mg 1.5 ó 2 ml Un frasco ámpula con o sin diluyente o una jeringa o una ampolletaInmunoglobulina humana antirrábica, Solución inyectable 300 UI/ ml un frasco ampula con 2 Insulina Glargina, Solución inyectable, 100 UI/ ml Insulina humana acción intermedia NPH, Suspensión inyectable 100 UI/ml, 1 frasco ámpula con 10 mlInsulina humana acción rápida regular, Solución inyectable 100 UI/ml , 1 frasco ámpula con 10 Ipratropio, Aerosol 20 µg/nebulización ,envase de 15 ml ( 300 dosis) Isoniazida + etambutol, 100 comprimidos o grageas 100mg/300mg Isoniazida + rifampicina, 120 comprimidos o cápsulas 200mg/150 mg Isoniazida y rifampicina, 90 Tabletas recubiertas 300mg/400 mg Isoniazida, rifampicina, pirazinamida, etambutol, Comprimidos 150 mg + 75 mg + 400 mg + 275 Isosorbida dinitrato, 20 Tabletas sublinguales 5 mg Ketamina (Psicotrópicos Lista II) , Solución inyectable 500mg/ 10 ml, envase con 1 frasco ámpula Levodopa + carbidopa ( Psicotrópicos Lista III), 100 tabletas 250/ 25mg Levofloxacino ( sólo en tuberculosis), 7 tabletas de 500 mg Levonorgestrel y etinilestradiol, 28 Grageas (21 con hormonales y 7 sin hormonales) levonorgestrel 0.15 mg, etinilestradiol 0.03 mg Levotiroxina (Levotiroxina sódica), 100 tabletas 100 µg Lidocaína + epinefrina, Solución inyectable al 2%, Lidocaína 1 g, Epinefrina 0.25 mg, envase con 5 frascos ámpula con 50 mlLidocaína + epinefrina, Solución inyectable al 2%, Lidocaína 36 mg, Epinefrina 0.018 mg, envase Lidocaína, Solución al 10% , 10g/ 100ml, envase con 115 ml con atomizador manual Lidocaina, Solución inyectable 100mg/5ml , 1 ampol eta con 5 ml Lidocaína, Solución inyectable al 1%, 500 mg/ 50 ml, envase con 5 ámpulas con 50 ml Lidocaína, Solución inyectable al 2%, 1g/ 50ml, envase con 5 frascos ámpula con 50 ml Lidocaína, Solución inyectable al 5%, 100mg/2ml, envase con 50 ampolletas de 2ml Lidocaína-hidrocortisona, Supositorio 60mg/5g, envase 6 supositorios Lidocaína-hidrocortisona, Ungüento 50mg/g , 2.5 mg/ g envase 20 g y aplicador Litio ( Psicotrópicos Lista III), 50 tabletas 300 mg Loratadina, 20 tabletas o grageas de 10 mg Loratadina, Jarabe 5 mg/ ml, envase con 60 ml Manitol, Solución inyectable 20%, 250 ml Medroxiprogesterona y cipionato de estradiol, Suspensión inyectable, medroxiprogesterona 25 mg/0.5 ml , Estradiol 5 mg/0.5 ml, 1 ampolleta o jeringa prellenada con 0.5 ml Medroxiprogesterona, Tableta 10 mg Envase con 10 tabletas Metamizol sódico (Dipirona), 10 comprimidos 500 mg Metamizol sódico (Dipirona), Solución inyectable 1 g/ 2 ml, 3 ampolletas con 2 ml Metildopa ( l-alfametildopa), 30 tabletas 250 mg PRECIO DE
MEDICAMENTO
REFERENCIA
Metilfenidato (Psicotrópicos Lista II), 30 tabletas de 10 mg Metoclopramida , Solución inyectable 10mg/ 2ml, 6 ampolletas de 2ml Metotrexato, Solución inyectable 500 mg Frasco ámpula Metronidazol, 10 óvulos o tabletas vaginales 500 mg Metronidazol, Solución inyectable 200 mg envase con 2 ampolletas o frascos ámpula con 10 ml Metronidazol, Solución inyectable 500 mg envase con 100 ml Metronidazol, Suspensión 250 mg/5 ml, envase con 120 ml Miconazol, Crema 20 mg/ g, envase con 20 g Nafazolina, Solución oftálmica 15 ml (1 mg/ ml) Nalbufina, Solución inyectable 10 mg, envase de 5 ámpulas Neomicina, polimixina B y gramicidina, Solución oftálmica neomicina 1.75mgml polimixina B 5,000 U/ml , gramicidina 25 µg / ml,se con gotero integral con 15 ml Neostigmina, Solución inyectable 0.5 mg/ml, envase con 6 ampolletas de 1 ml Nifedipino ( como antioxitocico), 20 cápsulas de gelatina blanda 10 mg Nifedipino acción prolongada, 30 comprimidos de 30 mg Nistatina, 12 óvulos o tabletas vaginales 100,000 UI Nistatina, Suspensión 100 000 UI/ml envase para 24 ml Nitrofurantoína, Suspensión oral 25 mg/ 5ml, envase con 120 ml Nitroprusiato de Sodio, Solución inyectable 50 mg , 1 frasco ámpula Noretisterona enantato y valeriato de estradiol, Solución inyectable 50 mg/5 mg jeringa precargada o ampol etaNoretisterona y etinilestradiol, 28 tabletas o grageas (21 con hormonales y 7 sin hormonales) noretisterona 0.400 mg, etinilestradiol 0.035 mg Noretisterona, Solución inyectable 200 mg/ ml, una ampolleta de 1 ml Ofloxacino( ólo en tuberculosis), 6, 8 ó 12 tabletas de 400 mg Orciprenalina, Sol Iny. .5 mg Envase con 3 ampol etas 1 ml Orciprenalina, Tabletas 20 mg. Envase con 30 tabletas Óxido de zinc, Pasta 25 g/100 g, envase con 30 g Oxitocina, Solución inyectable, 5 UI/ml, 50 ampolletas de 1 ml Paracetamol (Acetaminofén), 10 tabletas 500 mg Paracetamol (Acetaminofén), 3 supositorios 300 mg Paracetamol (Acetaminofén), Solución oral 100 mg/ml, envase 15 ml con gotero Pilocarpina, Solución oftálmica al 2%, 20 mg/ml, envase de 15 ml con gotero integral Pilocarpina, Solución oftálmica al 4%, 40mg/ml, envase de 15 ml con gotero integral Pirazinamida, 500 mg, envase con 50 tabletas Podofilina, Solución dérmica 250 mg/ ml, envase 5ml Polivitaminas y Minerales, 30 tabletas, grageas o cápsulas Polivitaminas y Minerales, Jarabe Envase con 240 ml y dosificador Prednisolona, Solución oftálmica 5 mg/ml, envase 5ml con gotero integral Ranitidina, Jarabe 150mg/10 ml envase de 200 ml PRECIO DE
MEDICAMENTO
REFERENCIA
Ranitidina, Solución inyectable 50 mg, 5 ámpulas 2 ó 5 ml Rifampicina, 1000 Cápsulas o comprimidos o tableta recubierta de 300 mg Rifampicina, Suspensión 100mg/ 5ml frasco de 120 ml Rifampicina+isoniazida + pirazinamida, 240 tabletas o grageas 150 mg/ 75mg/ 400mg Salbutamol, Jarabe 2 mg/5ml ,envase 60 ml Salbutamol, Solución para respiradores 0.5 g/100 ml, envase con 10 ml Salbutamol, Suspensión en aerosol 20 mg, envase con inhalador para 200 dosis de 100 µg.
Solución de glucosa al 5% , Solución inyectable. Glucosa anhidra o glucosa 5 g/100 ml Sucedáneo de leche humana de pretérmino, Polvo, Envase con 400 a 454 gr y medida de 4.40 a 4.50 grSucedáneo de leche humana de término, Polvo, Envase con 400 a 454 gr y medida de 3.87 a Suero antialacrán, Solución inyectable para neutralizar 150 DL50 de veneno de alacrán, un frasco ámpula y diluyente con 5 mlSuero antiviperino, Solución inyectable para neutralizar no menos de 790 DL50 Crotalus, no menos de 780 DL50 Bothrops envase con ámpula 10 ml (unidosis) Sulfacetamida, Solucion oftálmica 0.1 g/ ml ml envase con gotero integral con 5ml Sulfadiazina de Plata, Crema 1g/100g, envase de 375 g Sulfasalazina, 60 Tabletas capa entérica 500 mg Sulfato ferroso, Suspensión oral 125 mg/5ml, envase 15 ml Sulfato de Magnesio , Solución inyectable 1g/ 10 ml envase 10 ámpulas de 10 ml Suxametonio, cloruro , Solución inyectable 40mg/2ml, envase con 5 ampolletas de 2 ml Teofilina, 20 comprimidos, tabletas o cápsulas de liberación prolongada 100 mg Teofilina, Elíxir 533 mg/100 ml, envase con 450 ml Terbutalina, Sol. Iny. .25 mg Envase con 3 ampol etas Terbutalina, Tableta 5 mg. Envase con 20 tabletas Tetracaína, Solución oftálmica 5 mg/ml, envase de 10 ml con gotero integral Tetraciclina, Tableta o cápsula 250 mg, 10 tabletas Tiamina, Solución inyectable 500 mg, 3 frascos ámpula Timolol, Solución oftálmica 5mg/ml, envase con gotero integral con 5ml Tiopental ( Psicotrópicos Lista II) , Solución inyectable 0.5 g frasco ámpula y diluyente con 20 ml Tiotropio bromuro de, Envase con 30 cápsulas (repuesto) Tiotropio bromuro de, Envase con 30 cápsulas y dispositivo inhalador Toxoide tetánico, Suspensión inyectable 75 UI, un frasco ámpula con 5 ml Toxoides tetánico y diftérico, Envase con frasco ámpula con 5 ml (10 dosis), o con 10 jeringas prellenadas, cada una con una dosis (0.5 ml).
Trifluoperazina (Psicotrópicos Lista III), 20 grageas 5 mg Trihexifenidilo (Psicotrópicos Lista III), 50 tabletas de 5mg Trimetoprima/sulfametoxazol, 20 tabletas 80 mg/400 mg Trimetoprima/sulfametoxazol, Solución inyectable 160 mg/ 800 mg 6 ámpolletas 3 ml Trimetoprima/sulfametoxazol, Suspensión oral , 40mg/ 5ml y 200 mg/5ml , envase con 120 ml Trinitrato de glicerilo, 24 Cápsulas o tabletas masticables 0.8 mg PRECIO DE
MEDICAMENTO
REFERENCIA
Vacuna antiinfluenza, Cada dosis de 0.5 ml contiene: Fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepa.
Vacuna antineumococcica, Envase con un frasco ámpula de 0.5 ml.
Vacuna antipoliomielitica oral tipo Sabin, Envase con frasco ámpula de plástico depresible con gotero integrado de 2 ml (20 dosis) o tubo de plástico depresible con 2 dosis, cada una de 0.1 Vacuna antirrábica inactivada, Solución inyectable Preparado en células VERO cepa Wistar o en cultivo tisular de células embrionarias de pollo, cepa de virus Flury LEPC25; con potencia 2.5 UI, Frasco ámpula con liofilizado para una dosis y ampol eta con Vacuna BCG, Suspensión inyectable Cada dosis de 0.1 ml de vacuna reconstituida contiene: Cepa francesa 1173P2 200,000-500,000 UFC, o Danesa 1331 200,000-300,000 UFC, o Glaxo 1077 800,000-3´200,000 UFC, o Tokio 172 200,000-3´000,000 UFC, o Montreal 200,000 Vacuna contra rotavirus, Envase con frasco ámpula Vacuna doble viral SR (contra sarampión y rubéola), Envase con liofilizado para diez dosis y diluyente.
Vacuna DPT (Vacuna antipertussis con toxoides diftérico y tetánico), Cada dosis de 0.5 ml contiene: Bordetella pertussis No más de 16 UO, Toxoide diftérico No más de 30 Lf Vacuna pentavalente acelular, Envase con 1 o 20 dosis en jeringa prellenada de Vacuna acelular Antipertussis con Toxoides Diftérico y Tetánico Adsorbidos y Vacuna Antipoliomielítica inactivada y 1 o 20 dosis en frasco ámpula con liofilizado de Vacuna conj Vacuna recombinante contra la hepatitis B, Envase con un frasco ámpula con una dosis (20 Vacuna recombinante contra la hepatitis B, Suspensión inyectable cada dosis de 0.5 ml Vacuna recombinante contra la hepatitis B, Suspensión inyectable Envase con jeringa prellenada con .5 ml o frasco ámpula con .5 mlVacuna recombinante contra la hepatitis B, Suspensión Inyectable Envase con un frasco ámpula Vacuna triple viral SRP (Contra sarampión, rubéola y parotiditis), Solución inyectable, cada dosis de 0.5 ml contiene: virus atenuados de sarampión de las cepas Edmonston-Zagreb (cultivados en células diploides humanas) o Edmonnston-Enders o Schwarz (cult Vacuna triple viral SRP (Contra sarampión, rubéola y parotiditis), Solución inyectable. Virus atenuados de sarampión de las cepas Edmonston- Zagreb (cultivados en célulasdiploides humanas) o Edmonston-Enders o Schwarz (cultivados en fibroblastos de embrió Valproato de magnesio, 40 tabletas cubierta entérica 185.6 mg Valproato de magnesio, Solución 186 mg/ ml envase con 40 ml Vecuronio , Solución inyectable 4 mg envase con 50 frascos ámpula con liofilizado y 50 Verapamilo, 20 grageas o tabletas recubiertas de 80 mg Verapamilo, Solución inyectable 5mg/2ml 1 ampolleta de 2ml Vitamina A, C y D, Solución oral frasco 15 ml., palmitato de retinol 7000-9000 UI, ac. Ascórbico Zuclopentixol (Psicotrópicos Lista III), 20 ó 50 tabletas de 25 mg Zuclopentixol (Psicotrópicos Lista III), Solución inyectable 200 mg 1 ampolleta 1 El precio de referencia deberá ser consultado con la Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios de Medicamentos y otros insumos para la Salud, de acuerdo al lineamiento Sé ptimo del presente Acuerdo.
2 Precio en dólares de los EE.UU.A.

Source: http://www.ofsnayarit.gob.mx/capacitacion/2009/compdispmar/pdf/ene09/260109_ssalud.pdf

Procès-verbal

Protocole « Epidémiologie de la prophylaxie secondaire des mycoses invasives » du Groupe de Travail des Maladies Infectieuses de la Société Allemande d’Hémato-Oncologie Introduction Prophylaxie primaire. La prophylaxie primaire antifongique des patients hémato-oncologiques a été examiné dans plusieures études1. Une réduction d’infection et de mortalité a été

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March 2009 The Consumer Ombudsman P.O.Box 4597 Nydalen, N-0404 Oslo Visiting address Rolf Wickstrøms vei 15A Phone 23 400 600 Fax 23 400 601 The Consumer Ombudsman Trondheim P.O.Box 86, N- 7400 Trondheim Visiting address Dronningens gate 10 Fax 73 54 65 99 Email [email protected] Internet www.forbrukerombudet.no Org.no/VAT no 974 761 335 Introduction

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