CERTIFICADO DE SEGURO DE ACCIDENTES COLECTIVO – PÓLIZA 44.000.025
que conforme a lo establecido en la cobertura de la póliza corresponda.
b) Capital de invalidez permanente parcial por accidente cubierto, el importe de la
indemnización a satisfacer se corresponderá con un porcentaje del capital previsto para la
3.1.3. La cobertura del seguro se establece por un período máximo por viaje de 90
invalidez permanente total, conforme al siguiente baremo:
El contrato de seguro se rige por lo dispuesto en la Ley 50/1980, del 8 de octubre, del
Contrato de Seguro y por las demás normas españolas reguladoras de los seguros privados.
Asimismo se rige por lo convenido en la póliza.
3.1.4. Cuando con la tarjeta se haya pagado parcialmente el precio del billete o
el importe del alquiler del automóvil, la indemnización a satisfacer por la entidad
aseguradora se calculará proporcionalmente, en atención al costo total del billete
Accidente: toda lesión corporal que se deriva de una causa súbita, violenta, externa y ajena
o del precio del alquiler del automóvil y al importe efectivamente pagado con la
a la intencionalidad del asegurado, y que produzca a éste la invalidez permanente total o
- De uno de los demás dedos de la mano: Derecha 8%
Además, a los efectos de este seguro también tendrán la consideración de accidente:
3.2 Garantía de accidentes en caso de uso de medio de transporte público pagado
a) La asfixia o lesiones a consecuencia de gases o vapores, inmersión o sumersión, o
por ingestión de materias líquidas o sólidas no alimenticias, así como las infecciones a
Son asegurados las personas que viajen en un medio de transporte público autorizado,
Las lesiones permanentes no especificadas anteriormente serán indemnizadas en proporción
b) Los desgarros y distensiones musculares a consecuencia de un esfuerzo súbito, motivado
cuyo billete se haya abonado por medio de una tarjeta de la modalidad indicada en este
a la gravedad de las mismas, comparándola a la de los casos ya enumerados.
por un accidente cubierto por la póliza.
certificado, con independencia de si el viajero es o no titular del billete o el propio titular
Si un accidente cubierto afecta a un órgano o miembro que ya presentaba un defecto físico
c) Las lesiones producidas en legítima defensa o en salvamento de personas o bienes.
o funcional, el grado de invalidez vendrá determinado por la diferencia entre el que resulte
d) Las lesiones consecuencia de intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos motivados
de un accidente cubierto y el preexistente fijado.
por un accidente cubierto por la póliza.
Si la pérdida de un miembro u órgano, o de su uso, es sólo parcial, el grado de invalidez
La entidad aseguradora abonará al beneficiario el pago de un capital si se produce el
fijado en el cuadro anterior, se reducirá proporcionalmente.
a) Las enfermedades de cualquier naturaleza.
fallecimiento, la invalidez permanente total o la invalidez permanente parcial del asegurado
Cuando un mismo accidente cubierto produzca diversas lesiones, el grado de invalidez se
b) Infarto, accidente vascular cerebral, epilepsia, síncope, aneurisma y en general
como consecuencia de accidentes cubiertos que hayan tenido lugar en cualquier parte del
calculará sumando los porcentajes correspondiente a cada una, sin que dicha suma pueda
cualquier tipo de enfermedad, aunque haya sido calificada por los Organismos de la
mundo, como pasajero de un medio de transporte público autorizado, siempre que el billete
Seguridad Social como accidente laboral.
utilizado para el acceso al medio de transporte se haya abonado, con una tarjeta incluida en
Si el asegurado es zurdo, los porcentajes de invalidez previstos para las extremidades
c) Las operaciones e intervenciones practicadas por el asegurado sobre sí mismo.
la póliza, de la modalidad indicada en este certificado.
superiores se aplicarán inversamente.
d) Las lesiones derivadas de radiaciones ionizantes de todo tipo, incluso las
Si las lesiones son corregibles mediante prótesis, la entidad aseguradora pagará
resultantes de la modificación del núcleo atómico.
A los efectos de esta cobertura se entenderá por transporte público autorizado, el medio
el importe de la primera prótesis ortopédica que se aplique al asegurado, hasta el
e) Las lesiones derivadas de epidemias declaradas oficialmente.
de locomoción, terrestre, aéreo, marítimo, fluvial o lacustre, que cuente con la pertinente
límite del 10% del capital garantizado para la invalidez permanente total, límite que
Beneficiarios: persona/s, física o jurídica, con derecho a percibir la prestación. En caso
autorización para el transporte público de personas debidamente expedido por las
no obstante nunca será menor de 450 euros.
que no existiera designación expresa de beneficiarios en la cobertura de fallecimiento, se
entenderá que lo son, por orden preferente y excluyente entre sí, el cónyuge del asegurado
c) Límite de capital asegurado por siniestro de varios asegurados:
(excepto si hay una sentencia de separación), sus hijos o hijas a partes iguales, sus padres a
La cobertura de la entidad aseguradora incluye, en los términos del apartado anterior, el
En el caso de que, por el mismo hecho, se produzca el fallecimiento y/o invalidez
partes iguales y, finalmente, sus herederos. En la cobertura de invalidez será beneficiario el
total o parcial de varios asegurados, cuyo billete utilizado para el acceso al medio
propio asegurado con carácter irrevocable.
de transporte público haya sido pagado con la misma tarjeta, el capital máximo a
Entidad aseguradora: SegurCaixa S.A. de Seguros y Reaseguros, con domicilio en
a) Mientras se encuentre la persona asegurada como pasajero dentro de un medio de
satisfacer por la entidad aseguradora, quedará limitado al valor equivalente a cuatro
Barcelona 08014, C/ General Almirante 2-4-6, N.I.F. A-28011864.
transporte público pagado con la tarjeta referida, así como al subir o bajar de éste incluido
veces el capital establecido para caso de fallecimiento por accidente cubierto, en el
Fallecimiento por accidente: cuando como consecuencia del accidente cubierto y dentro
caso de tarjetas particulares, y de seis veces, en el caso de tarjetas de empresa, con
del plazo de un año desde su ocurrencia, el asegurado fallece.
independencia del número de asegurados.
Invalidez permanente parcial: cuando como consecuencia directa del accidente cubierto y
b) En el día de salida programado al dirigirse directamente, desde el domicilio habitual o
El importe del capital máximo indicado se distribuirá, entre los asegurados, a
dentro del plazo de un año desde su ocurrencia, se manifiesten en el asegurado secuelas
el lugar de trabajo de la persona asegurada, al aeropuerto, puerto o estación, con el fin de
prorrata del capital asegurado correspondiente a cada uno de ellos, sin que el
físicas irreversibles, no englobables en los supuestos de invalidez permanente total.
subir a bordo de un transporte público autorizado a los efectos de realizar un viaje cubierto,
capital de indemnización para cada asegurado sea superior al capital por asegurado
Invalidez permanente total: cuando a consecuencia del accidente cubierto y dentro del
siempre que la persona asegurada esté en posesión del justificante de haber pagado el
término de un año después de haber sucedido, se manifiesten en el asegurado las
transporte público autorizado con la tarjeta referida.
3.3 Garantía de accidente en caso de uso de automóvil de alquiler
- Ceguera absoluta o pérdida total de la visión de un ojo.
c) Cuando la persona asegurada se encuentra en las instalaciones de un aeropuerto, puerto
o estación, para la subida o bajada de un medio de transporte público autorizado utilizado
Es asegurado el titular de la tarjeta de la modalidad indicada en este certificado con la
- Pérdida de uno o varios de estos miembros: mano, pie, brazo o pierna.
que se ha efectuado el pago, viajando éste, como conductor u ocupante del automóvil de
Titular de la tarjeta: persona física a cuyo nombre se haya expedido la tarjeta con carácter
alquiler con el importe de este medio pagado con una tarjeta de la modalidad indicada en
personal e intransferible, a petición del titular del contrato de tarjeta.
d) Cuando la persona asegurada se dirige directamente desde el aeropuerto, puerto o
este certificado. En el caso de tarjetas de empresa, a estos efectos, se considerará como
Tomador del seguro: FINCONSUM E.F.C., S.A., con domicilio en Barcelona 08028, Gran
estación al domicilio habitual o lugar de trabajo después de haber realizado un viaje en
titular a la persona física identificada en la tarjeta con la que se ha satisfecho el alquiler del
Vía de Carlos III, 87 bajos, N.I.F. A-08980153.
transporte público autorizado abonado con la tarjeta referida.
e) Además de lo indicado en los puntos anteriores, única y exclusivamente, en el caso de
A efectos de la cobertura de la póliza, la mención de automóvil de alquiler se refiere
3.1. Condiciones comunes a las garantías de accidentes en caso de uso de medio
que el billete de origen pagado englobara la ida y el regreso (ya se comprenda en un único
exclusivamente al alquiler puro de un automóvil y no otras figuras de arrendamiento tales
de transporte público o en el uso de automóvil de alquiler, definidas en la presente
billete o en distintos billetes), la cobertura se extenderá al accidente que ocurra cuando
la persona asegurada se encuentre en un medio de transporte público autorizado, en los
desplazamientos que realice dentro del periodo comprendido entre el día de llegada y de
3.1.1. Las garantías sólo tendrán efecto si el fallecimiento, invalidez permanente
regreso, durante el viaje cubierto, aunque dicho medio de transporte no se haya abonado
La entidad aseguradora abonará al beneficiario el pago de un capital si se produce el
parcial o invalidez permanente total sobrevienen al asegurado dentro del plazo
fallecimiento, la invalidez permanente total o la invalidez permanente parcial del asegurado
máximo de un año desde que sucedió el accidente cubierto.
como consecuencia de accidentes cubiertos que hayan tenido en cualquier parte del
f) En los viajes de ida y regreso, si sólo se hubiera pagado a través de la tarjeta referida el
mundo, como conductor u ocupante de automóvil de alquiler, siempre que el alquiler se
3.1.2. Las coberturas de los riesgos de fallecimiento e invalidez permanente total
trayecto de ida o el de regreso, la cobertura del seguro quedará limitada a los accidentes
haya abonado, total o parcialmente, con una tarjeta incluida en la póliza, de la modalidad
tienen carácter excluyente entre sí; es decir, que la entidad aseguradora abonará
descritos en las letras a), b), c) y d) de este apartado, correspondientes al trayecto pagado
únicamente la prestación derivada del evento que suceda en primer lugar. La
cobertura de los otros eventos quedará automáticamente extinguida en la fecha del
A efectos de la cobertura de la póliza, la mención de automóvil de alquiler se refiere
exclusivamente al alquiler puro de un automóvil y no otras figuras de arrendamiento tales
a) Capital por fal ecimiento o invalidez permanente total derivado de accidente cubierto:
No obstante, en el supuesto de que inicialmente se produzca una invalidez permanente
parcial y posteriormente, dentro del plazo máximo de un año desde que ocurrió el
accidente cubierto, una invalidez permanente total o el fallecimiento, el importe de
Si el asegurado fuera menor de 14 años o incapacitado, el capital determinado en el
a) Capital por fal ecimiento o invalidez permanente total derivado de accidente cubierto:
la prestación abonado por invalidez permanente parcial, será deducido del importe
apartado anterior para el fal ecimiento por accidente cubierto, queda sustituido por un
de la prestación por invalidez permanente total o de la prestación por fallecimiento,
capital máximo de 6.000 euros para cubrir los gastos de sepelio.
Si el asegurado fuera menor de 14 años o incapacitado, el capital determinado en el
sin perjuicio de lo que determina la garantía 3.4 “Garantía adicional de gastos de
CERTIFICADO DE SEGURO
apartado anterior para el fal ecimiento por accidente cubierto, queda sustituido por un
capital máximo de 6.000 euros para cubrir los gastos de sepelio.
i) Los daños derivados de agresiones de carácter bacteriológico de cualquier tipo. DE ACCIDENTES COLECTIVO
j) Hechos de carácter extraordinario o catastrófico, sin perjuicio de su cobertura por
b) Capital de invalidez permanente parcial por accidente cubierto, el importe de la
el Consorcio de Compensación de Seguros.
indemnización a satisfacer se corresponderá con un porcentaje del capital previsto para
k) Se excluirá asimismo de la cobertura, los siniestros en que el pago del transporte
la invalidez permanente total, conforme a lo establecido en el apartado b) de la cláusula
público, del alquiler de los automóviles o de las compras se haya efectuado mediante
uso fraudulento o ilícito de las correspondientes tarjetas.
l) Se excluirá de la garantía 3.3 “Garantía de accidente en caso de uso de automóvil
3.4. Garantía adicional de gastos de secuestro
de alquiler”, las figuras de arrendamiento tales como el renting o el leasing.
Se considerará asegurado a las personas definidas como tales en los apartados 3.2.1 y
Todo accidente cubierto ha de ser declarado por el asegurado o los beneficiarios mediante
comunicación por escrito a Finconsum, Av. Gran Vía Carlos III, 87, Atención Al Cliente
En caso de producirse el secuestro del medio de transporte, la entidad aseguradora pagará
como máximo el capital determinado en este certificado, en concepto de gastos necesarios
6. RIESGOS EXTRAORDINARIOS CUBIERTOS POR EL CONSORCIO DE
El Consorcio de Compensación de Seguros indemniza las pérdidas derivadas de
acontecimientos extraordinarios de conformidad con lo regulado en su Estatuto Legal en
El capital máximo por gastos de secuestro es de 6.000 euros.
3.5 Garantía de reembolso de compras pagadas con tarjeta
7. TRATAMIENTO Y CESIÓN DE DATOS PERSONALES
Con la suscripción del contrato de tarjeta se entenderá prestado el consentimiento para que
Asegurado es el titular de la tarjeta, de la modalidad indicada en este certificado.
sus datos personales que figuran en la póliza o en la documentación complementaria a la
misma, puedan ser tratados, automatizadamente o no, en los ficheros del tomador y/o de
la entidad aseguradora con el fin de suscribir, desarrollar, gestionar y cumplir el contrato de
Si a consecuencia de un accidente en su vida privada o en el ejercicio de su profesión
seguro, prestando en su caso los servicios objeto del mismo. La facilitación de los citados
se produce el fal ecimiento o la invalidez permanente total del asegurado, la entidad
datos es necesaria para poder cumplir con dichos fines.
aseguradora abonará al beneficiario el importe correspondiente al volumen de los débitos
por compras que consten cargados en el extracto de la cuenta de la tarjeta correspondientes
Los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación regulados por la Ley Orgánica
al titular de la misma y referidos a los doce últimos meses anteriores al accidente cubierto
15/1999 pueden ser ejercitados en el domicilio del tomador o, en su caso, de la entidad
o desde el efecto de la póliza si fuese posterior, hasta el capital máximo indicado en este
aseguradora indicados en este certificado.
8. PREVALENCIA DE LAS CONDICIONES DE LA PÓLIZA
Esta garantía sólo tendrá efecto cuando la invalidez permanente total o el
El presente certificado es un resumen de las condiciones de la póliza, prevaleciendo lo
fallecimiento sobreviene al asegurado dentro del plazo máximo de un año desde
dispuesto en la misma en caso de discrepancia con este certificado.
que sucedió dicho accidente cubierto.
Este documento tiene como finalidad proporcionar información sobre las coberturas de
seguro vigentes. Dichas coberturas quedan sujetas, en todo caso, a los requisitos, términos
Capital máximo por reembolso de compras pagadas con tarjeta: 6.000 euros.
y condiciones de las pólizas que en cada momento tenga concertadas FINCONSUM. Los
titulares podrán tomar conocimiento de las condiciones de los seguros vigentes en cada
momento solicitando las mismas en FINCONSUM.
Quedan excluidos de las coberturas de este contrato los siniestros producidos a
a) La participación del asegurado en peleas y actos delictivos, así como los acaecidos
hallándose el asegurado bajo la influencia de bebidas alcohólicas, sustancias
estupefacientes u otras sustancias análogas o en estado de enajenación mental. A
estos efectos, se entenderá que el asegurado se halla bajo la influencia de bebidas
alcohólicas, cuando presente una tasa de alcohol en sangre igual o superior al límite
previsto en cada momento por la legislación española sobre tráfico, circulación de
vehículos a motor y seguridad vial para permitir la conducción de cualquier vehículo
Para cualquier
no especial, con independencia de los síntomas externos y de comportamiento
del asegurado y de que el siniestro suceda o no con ocasión de la conducción de
duda o consulta,
b) La participación en expediciones científicas, actividades subacuáticas con
llámenos al
utilización de aparatos de respiración autónoma, entrenamientos y competiciones, o
pruebas de velocidad con cualquier tipo de vehículo.
c) El suicidio o tentativa de suicidio, así como los accidentes causados y/o provocados
por los beneficiarios del seguro, y los causados a consecuencia de actos maliciosos
o entre en 902 115 806
d) La práctica del paracaidismo, alpinismo y espeleología.
e) La práctica como profesional o bien como aficionado o integrado en asociaciones
deportivas de los siguientes deportes: hockey, polo, rugby, boxeo, lucha, artes
marciales, ciclismo practicado por personas federadas, fútbol americano, cualquier
deporte aéreo (parapente, paracaidismo, ultraligero, etc.) y de aventura (puenting,
rafting, descenso de barrancos, etc.).
f) La utilización por el asegurado, como propietario, pasajero o tripulante, de medios
de navegación aérea no autorizados para el transporte público de viajeros.
g) Accidentes ocurridos en actos de imprudencia o negligencia grave o notoriamente
h) Accidentes ocurridos en conflictos armados, invasión, hostilidades, haya precedido
o no declaración de guerra, así como actos de terrorismo, sabotaje y secuestro,
DAVID BARKLEY [email protected] PROFILE • Ambitious team-leader with successful track record in high-pressure environments such as the Olympic Games • Proven excel ence in pharmaceutical sales by receiving promotion and increased set of responsibilities including mentorship roles within Pfizer’s primary care business • Highly organized and accustomed to achieving sup
COLORECTAL CANCER RESEARCH UPDATES Month Ending May 18th, 2012 The following colorectal cancer research update extends from March 17th, 2012 – May 18th, 2012 inclusive and is intended for informational purposes only. DRUGS / SYSTEMIC THERAPIES Metformin Provides a Survival Advantage in Patients with Type II Diabetes Effect of Erbitux, Xeloda and Radiotherapy Before