Actos reservados o secretos[1]

Los preceptos legales que regulan el secreto o reserva respecto de ciertos actos y documentos en el contexto de la Ley de transparencia Nº 20.285.- en su artículo 21, los que son reproducidos y precisados en el Reglamento de esta misma ley en su artículo 7º (decreto Nº 13 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado el 13 de Abril del 2009) transcritos a continuación: Artículo 7º.- Causales de secreto o reserva. Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información, serán las siguientes: 1. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, a) Si es en desmedro de la prevención, investigación y persecución de un crimen o simple delito o se trate de antecedentes necesarios a defensas jurídicas y judiciales, esto es, entre otros, aquéllos destinados a respaldar la posición del órgano ante una controversia b) Tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas. Se entiende por antecedentes todos aquellos que informan la adopción de una resolución, medida o política, y por deliberaciones, las consideraciones formuladas para la adopción de las mismas, que consten, entre otros, en discusiones, informes, minutas u oficios. c) Tratándose de requerimientos de carácter genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales. Se entiende por requerimientos de carácter genérico, aquellos que carecen de especificidad respecto de las características esenciales de la información solicitada, tales como su materia, fecha de emisión o período de vigencia, autor, origen o destino, soporte, etcétera. Se considera que un requerimiento distrae indebidamente a los funcionarios cuando su satisfacción requiera por parte de éstos, la utilización de un tiempo excesivo, considerando su jornada de trabajo, o un alejamiento de sus funciones habituales. 2. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada, sus datos sensibles o derechos de carácter comercial o económico. Se entenderá por tales aquellos que el ordenamiento jurídico atribuye a las personas, en título de derecho y no de simple interés. 3. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte la seguridad de la Nación, particularmente si se refiere a la defensa nacional o la mantención del orden público o la seguridad pública. 4. Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte el interés nacional, en especial si se refieren a la salud pública o las relaciones internacionales y los intereses económicos o comerciales 5. Cuando se trate de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas en el artículo 8º de la Constitución La Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, en su Dirección de asesoría jurídica, de acuerdo a las normas antes citadas, los documentos que 1.- Investigaciones sumarias y sumarios administrativos hasta la
notificación de la medida disciplinaria. (Fiscalía)
2.- Juicios civiles, penales, judiciales y administrativos en los que
tiene interés la I. Municipalidad de Lo Espejo. (Dirección de
Asesoría Jurídica)

Source: http://loespejo.cl/wp-content/uploads/2011/10/actos-reservados-o-secretos1.pdf

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ELTON YOUTH FOOTBALL CLUB CONSTITUTION AND RULES 1. Club Name The club shall be known as: Elton Youth Football Club . 2. Club Objectives The objectives of the Club are to promote the game of Associated Football in the Community of Elton and the surrounding areas and to provide wider social activities for its members and the associated community. The Club will endeavour to ensure

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Reisinformatie Voor vertrek Paspoort en visum Reizigers naar Vietnam hebben altijd een geldig paspoort en visum nodig. Vanaf de dag dat u aankomt in Vietnam, dient uw paspoort nog tenminste zes maanden geldig te zijn. Voor de meeste reizigers is een toeristenvisum met een geldigheidsduur van een maand geschikt, maar er bestaan ook visa voor een langer verblijf en/of een ander r

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